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TRAMITACION SUPUESTO PRÁCTICO Nº 13 Y Nº 2

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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    Entradas
  • #323380
    limartix
    Participante

    Buenos días,

    En la pregunta num. 5 del cuestionario de este supuesto (13), da como resolución de admisión inicial del proceso monitorio, la DILIGENCIA DE ORDENACIÓN. Hay algún artículo de la Lec en el que se haga referencia a esto?¿?, porque no lo veo en los artículos de regulación específica de este procedimiento. 😕

    Y en el supuesto práctico número 2, en la pregunta 4, da como opción correcta la a), el embargo del ordenador del ejecutado “se haría en primer lugar”….. Al ser el ejecutado informático, el ordenador no sería un elemento inembargable, según el artículo 606.2º lec????

    Gracias de antemano y mucho ánimo a todos!!! 😉

    #323381
    LN30
    Participante

    Hola limartix, en cuanto a tu primera duda yo tampoco ubico en los arts 812 y siguientes la diligencia de ordenacion. En cuanto a la segunda, el ordenador seria inembargable si el valor de este no guarda proporcion con la cantidad que se reclame en el embargo. Si por ejemplo se reclama 600 e y el ordenador esta valorado en 700 e si se embargaria en este caso porque supera la cantidad del embargo. No se si me he explicado bien. Saludos

    #323382
    limartix
    Participante

    Hola Elena,

    Graciassss por contestar. Entonces, si la cantidad a ejecutar fuera de 18000 € y el ordenador tiene un valor de 900 €, no se embargaria por ser instrumento de trabajo y no guardar proporción, verdad?

    Si, por el contrario, la cantidad a embargar fuera de 800 €, en este caso sí que se embargaria???

    Igual es una duda tonta, pero es que no lo veo…. 😯

    Lo dicho…. muchas gracias.
    Un abrazo

    #323383
    LN30
    Participante

    Hola, si exacto. Si acaso no es asi que alguien rectifique pero yo recuerdo que plantee una duda muy parecida y exactamente la explicacion ws la que te he dado. Un abrazo

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