Hola, se me ha planteado una duda respecto del tipo de procedimiento que corresponderia en los procesos por indemnización de daños y perjuicios ocasionados con motivo de la circulación de vehículos a motor, ¿se determina según la cuantía o siempre se seguira por juicio verbal?
Resulta que la LO 3/89 de actualización del Código Penal, en sus Disposiciones Primera y Segunda, en teoría sigue en vigor. Al menos En varias de las bases de datos juridicas que he consultado figura como vigente. Según la DA 1ª de esa ley, “Los procesos civiles, cualquiera que sea su cuantía, relativos a la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados con motivo de la circulación de vehículos de motor, se decidirán en juicio verbal.”
En cambio, tengo una compañera que trabaja en un primer instancia y me ha dicho que ahi determinan el tipo de procedimiento segun la cuantia, que la jurisprudencia “tumbo” esa norma. ¿es verdad?
Justamente los procesos derivados de accidentes de trafico en civil son de lo mas frecuente
Gracias por adelantado, a ver si alguien lo sabe