Hola
En cuanto a tu pregunta de si los testigos en laboral deben concurrir a la conciliación, yo creo que es totalmente obligatorio.
Los ciudadanos tienen la obligación de colaborar con la administración de justicia; además ten en cuenta que en laboral los actos de conciliación y juicio se celebran en el mismo momento, es decir, que el juez primero intenta conciliar y seguidamente celebra el juicio si no consigue que las partes lleguen a un acuerdo.
Por tanto, ese mismo dia deben comparecer. La nueva LEC del 2000 estableció la posibilidad de imponer multas en caso de no comparece, con lo cual y teniendo en cuenta que la LEC es de aplicación supletoria a la LPL en lo que no se regule, podrian imponerse multas si no comparecen.
Espero haberte ayudado.
Oslo