49. La JP en una provincia con 800 funcionarios
50. La JP en una provincia con 300 funcionarios
Entiendo que las respuestas que da por buenas para ambas preguntas no son correctas a tenor de la escala que recoge el art. 39 del RDL 5/2015
“Cada Junta de Personal se compone de un número de representantes, en función del número de funcionarios de la Unidad electoral correspondiente, de acuerdo con la siguiente escala, en coherencia con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores:
De 50 a 100 funcionarios: 5.
De 101 a 250 funcionarios: 9.
[b][u]De 251 a 500 funcionarios: 13.[/u][/b]
De 501 a 750 funcionarios: 17.
[b][u]De 751 a 1.000 funcionarios: 21.[/u][/b]
De 1.001 en adelante, dos por cada 1.000 o fracción, con el máximo de 75.”