fbpx

Foros OPOSITAS

Test Repaso Actuaciones procesales

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #332655
    clarajc
    Participante

    Me ha surgido una duda con la pregunta nº 9 del citado test, pregunta :

    ¿ En que plazo se notifican las diligencias de constancia?

    a) en el plazo de tres días desde su fecha o publicación
    b) en el plazo de tres días hábiles desde su fecha o publicación
    c) En el plazo de dos días desde su fecha o publicación
    d) ninguna respuesta es cierta

    el test da como buena la d); no obstante y según el art. 151 LEC : ” Todas las resoluciones dictadas por los Tribunales o Letrados de la Administración de Justicia ( con es el caso de la pregunta) , se notificarán en el plazo máximo de tres días desde su fecha o publicación”, según lo cual , veo como correcta la a ).
    Agradecería aclaración sobre la cuestión planteada.

    #332656
    Anais79
    Participante

    La ley dice se notificaran en el plazo maximo de 3 dias por lo que se pueden notificar el primer, segundo o tercer dia , en la respuesta a dice q se notificara el tercer dia no antes.
    O al menos asi lo entiendo yo

    #332657
    clarajc
    Participante

    Puede estar en lo que indicas , en el matiz de la pregunta, muchas gracias Anais79

    #332658
    Anónimo
    Invitado

    Hola jóvenes:

    Me incorporo a vuestra duda y os la voy a intentar aclarar.

    ¿acaso la diligencia de constancia es una resolución judicial? Pensemos…. no es una resolución por lo que no es necesario notificarla y es por ello que “ninguna respuesta es correcta”

    Hemos dicho en multitud de ocasiones que escudriñéis bien no solo las respuestas sino también la pregunta y este es uno de esos ejemplos

    Cuidemos todos los detalles e intentemos buscar la excelencia

    GRACIAS!!!!!

    #332659
    clarajc
    Participante

    Hola de nuevo,
    gracias por tu aclaración Baldo, mi duda surgió porque el art. 151 LEC indica : ” todas las resoluciones dictadas por los Tribunales y los LAJ, en este caso es una resolución del LAJ, pero entiendo que las diligencias de constancia, al igual que las de comunicación o ejecución , se dictan a los efectos de reflejar en autos los hechos o actos con trascendencia procesal, y no es necesario comunicarlas, es esto así?
    Gracias de antemano

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?