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Test nº 1 Actuaciones judiciales

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #331368
    Paula Espinar
    Participante

    Hola tengo una duda respecto a la pregunta nº 33 y 35

    33.- Para que se pueda prorrogar un plazo conforme a las leyes procesales es necesario:
    a) que exista causa de fuerza mayor que habrá de decidir el Juez o Presidente
    b) que exista causa de fuerza mayor que habrá de decidir el Secretario
    c) las dos respuestas anteriores son ciertas, según los casos
    d) ninguna respuesta es cierta

    No se si estoy equivocada pero creo que la pregunta debería especificar bajo que Ley: en la LEC, LJS son improrrogables pero en la Lecrim “hay excepciones”

    35.- Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en:
    a) la Ley Orgánica del Poder Judicial
    b) la Ley de Enjuiciamiento Civil
    c) el Código Civil
    d) la Ley de Procedimiento Administrativo

    Tal vez no entienda el concepto, pero la LOPJ dice “que los plazos procesales se harán conforme al CC”, sin embargo, cada orden tiene sus matices reflejadas en sus leyes, por lo que sin especificar la ley la dejaría en blanco

    #331369
    Anónimo
    Invitado

    Buenas noches, Paula:

    Vamos con esas dudas

    [b]Pregunta 33[/b].- Transcribo el artículo de la LECriminal y podrás ver que hace diferencia con “términos” y de ahí que la opción correcta es la que indicamos en el test

    Artículo 202.
    Serán improrrogables los términos judiciales cuando la Ley no disponga expresamente lo contrario.

    Pero podrán suspenderse o abrirse de nuevo, si fuere posible sin retroceder el juicio del estado en que se halle cuando hubiere causa justa y probada.

    Se reputará causa justa la que hubiere hecho imposible dictar la resolución o practicar la diligencia judicial, independientemente de la voluntad de quienes hubiesen debido hacerlo.

    [b]Pregunta 35[/b]

    Es literal la respuesta que ofrecemos aunque como bien dices hay “particularidades” en las diversas leyes procesales

    Saludos

    #331370
    Paula Espinar
    Participante

    Gracias por los matices

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