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test fj médicos forenses p. 19

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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  • Autor
    Entradas
  • #333114
    VDORADOA
    Participante

    Buenos días
    En este test en la pregunta 19…
    19.- La renuncia a la condición de médico forense ha de ser formulada por el interesado mediante escrito y no surtirá efecto hasta que sea aceptada por:
    a) el Ministerio de Justicia, en todo caso.
    b) la Comunidad Autónoma con competencias, en todo caso.
    c) el Ministerio de Justicia o la Comunidad Autónoma con competencias.
    d) el Consejo General del Poder Judicial
    la referencia legislativa…
    Artículo 13 Renuncia
    La renuncia a la condición de médico forense ha de ser formulada por el interesado mediante escrito y no surtirá efecto hasta que sea aceptada por el Ministerio de Justicia e Interior. En aquellas Comunidades Autónomas que hayan recibido los traspasos de medios personales para el funcionamiento de la Administración de Justicia, la comunicación de la renuncia se efectuará a través del órgano competente de la Comunidad Autónoma
    Da como buena la c, pero me hace dudar cuando dice que la comunicación de la renuncia se efectuará a través del órgano competente de la CCAA, pero a quien al Ministerio de Justicia???
    Un saludo

    #333115
    TUTORA Maria R.
    Participante

    Buenos días,
    Como ya sabemos, la CE establece en el artículo 149.1.5, que el ESTADO es el que tiene competencia exclusiva en materia de justicia.
    A su vez, dice el artículo 150.2 CE: El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación.

    Por tanto, habrá CC.AA que tengan competencias en materia de justicia porque así se lo ha transferido el Estado.
    Pongamos un ejemplo: nuestras oposiciones.
    -Andalucía, Cataluña, Islas Canarias, Madrid… todas ellas tienen traspasos en materia de justicia por eso puedes presentarte en esas CCAA al examen y optar por trabajar en ese territorio.
    -Extremadura, Murcia… éstas no tienen traspasos en materia de Justicia por parte del Estado, y si quisieras hacer el examen y optar por trabajar en ese territorio, tendrías que hacerlo a través del “Ministerio de Justicia” que es quien tiene la competencia exclusiva.

    Para saber que CCAA tienen traspasos en materia de Justicia (o en otra materia) tendría que ir a sus Estatutos de Autonomía y ver que materias han sido objeto de traspaso por parte del Estado.

    De esta manera y en cuanto a tu pregunta:
    Dice el artículo 1 del Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses.
    Los médicos forenses constituyen un Cuerpo Nacional de titulados superiores al servicio de la Administración de Justicia, [b]adscrito orgánicamente al Ministerio de Justicia e Interior. Dependerán de este Ministerio o de las Comunidades Autónomas[/b], en los términos establecidos en este Reglamento.
    Por tanto, si dependen del Ministerio de Justicia: el escrito irá dirigido al Ministerio de Justicia.
    Si la CCAA tiene traspaso en materia de justicia: la solicitud se hará a través del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

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