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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #294667
    Academia Opositas
    Participante

    hola , en la pregunta 28 hay un gazapillo en la respuesta ?
    😕 ?

    28)se sustanciaran por el procedimiento abreviado los recursos que se deduzcan ante los juzgados de lo cont-adm

    B) la cuantia no supere los 3000 😕 ?

    seria lo correcto no supere los 13000
    segun la ley

    pues nada un saludito 8) 8) 8)

    #294668
    Anónimo
    Invitado

    Hola Zzara, efectivamente el articulo 78 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso administrativa establece que se tramitarán por las normas del procedmiento abreviado, entre otros, los recursos que no superen los 13.000 euros.

    No obstante, en la pregunta en cuestión hemos querido jugar un poquito con la semántica, y si lo miras, la unica respuesta que se encuentra dentro de los supuestos del precepto sería la que ofrecemos como correcta, pues se tramitaría por las normas del Abreviado; no así la otra que indica si excede de 3.000 euros, pues en ese caso excedería (podría ser) los 13.000 euros que indica como límite económico máximo.

    Saludos y nos leemos.

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