Buenas tardes
Tengo una duda respecto a la pregunta 21 de este test que dice: ¿Hacienda podrá tener acceso a los hechos y datos considerados “de carácter reservado”?
A) sí, sin problemas
B) previa autorización del Juez o Magistrado del tribunal competente
C) no, en ningún caso, son reservados
D) no, salvo que los facilite la persona de interés legítimo
La respuesta que da por correcta el test es la A en virtud del art. 140 LEC. Debo entender que esa es la opción correcta debido al último párrafo del citado art: ‘las actuaciones de carácter reservado sólo podrán ser conocidas por las partes y por sus representantes y defensores, SIN PERJUICIO de lo previsto respecto de hechos y datos con relevancia penal, TRIBUTARIA, o de otra índole’
Es decir al tratarse de datos de relevancia tributaria Hacienda puede tener acceso a esos datos de carácter reservado? Pero si no se trata de datos de relevancia tributaria Hacienda no tendría acceso a ellos? No entiendo por qué se da por correcta la respuesta A en definitiva.
Gracias de antemano