Buenas tardes, Aliche.
Efectivamente, estás en lo cierto, ya que la Ley no señala plazo para la celebración de vista en casación de modo que ante una posible pregunta, la respuesta correcta sería “no hay plazo de celebración”.
La pregunta 6 tiene un error, ya que como bien dices, la respuesta correcta es b). Las sentencias dictadas en los verbales de más de 3000 euros sí son apelables.
De igual modo, la respuesta correcta en la pregunta 8 es d). Contra la resolución en que se tiene por interpuesto el recurso, no cabe nada.
Pasamos a corregir esos errores.
Gracias, aliche.