Buenas, respecto a la pregunta 21 del test-chat (8/10/12)
No es cierto respecto a la regla de nombramiento de administrador de los bienes de la herencia.
A) en principio, se nombrará administrador al viudo/a
B) en su defecto, se nombrará al coheredero o legatario de parte alicuota que tuviera mayor parte en la herencia
C) en defecto de ambos, se podrá nombrar a un tercero
D) Todas las respuestas son correctas
Según tomé nota ayer, la respuesta correcta es la C.
Yo entiendo que todas las respuestas son correctas (D) teniendo en cuenta el artículo 795
“…. A falta de éstos……podrá el tribunal nombrar administrador a cualquiera de los herederos o legatarios de parte alícuota, si los hubiera , o a un tercero
¿Me podría alguien resolver la duda?
Gracias!!