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27 septiembre, 2004 a las 9:30 pm #294241Academia OpositasParticipante
Hola a todos. Aunque está ya algo atrasado, se me quedaron 2 dudas del test chat 11-2004 de 6 de septiembre. Son las siguientes:
17. Señalar la respuesta falsa respecto a los Tribunales Superiores de Justicia:
a) Se compondrán de un Presidente, dos Presidentes de Sala y Magistrados.
b) Su Presidente tiene la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo.
c) Tomará, siempre, el nombre de la Comunidad Autónoma.
d) Culminará la organización judicial en el ámbito de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo.Según las respuestas, la falsa es la b), pero a mi entender la a) también es falsa tal y como está redactada, ya que dice que se compondrán… de 2 Presidentes de Sala, mientras que el art. 72.2. LOPJ únicamente dice que se compondrán de LOS PRESIDENTES DE SALA, sin especificar número.
¿Puede ser esto así?
19. ¿Qué orden jurisdiccional será competente si la demanda es de responsabilidad patrimonial y se dirige, además, contra las personas o entidades directamente responsables de aquellos?
Esta pregunta me lía un poco, pero creo que se refiere al art. 9.4, último párrafo LOPJ. En el enunciado, ¿no se querrá decir INDIRECTAMENTE responsables de aquellos?
27 septiembre, 2004 a las 11:02 pm #294242Academia OpositasParticipanteHola Jesuslopez:
vamos con ambas preguntas:
[b]Pregunta 17[/b]: teniendo en cuenta que los TSJ tienen tres salas y que el Presidente es el Presidente de Sala de lo Civil y Penal, podemos dar por válido que se forma por el Presidente, otros dos Presidentes de Sala (de lo Contencioso-Adm y de lo Social) y el resto de Magistrados, no?
[b]Pregunta 19[/b]: tienes toda la razón en el fallo lingüístico que ahi aparece puesto que nos queremos referir a los responsables indirectos. En breve estará corregido.
Por cierto, no hay ningún problema en que tratatemos test antiguos, todo lo contrario, puesto que en el examen… las preguntas no entienden de antigüedades 😉 Lo importante es que siempre os queden los conceptos claros.
Un saludo y mucho ánimo que en poco tiempo estarás orgulloso de haber aprovechado estos meses.22 noviembre, 2004 a las 5:21 pm #294243Academia OpositasParticipanteHola, yo para variar dándole vueltas a los test antigüos.
Me surge una duda con la pregunta 20.
En el cuerpo de Secretarios, la provisión de puestos de trabajo de carácter directivo o de especial responsabilidad, podrán cubrirse por el procedimiento de:
a) concurso-oposición.
b) concurso.
c) libre desingnación.
d) b y c son ciertas.Se da como respuesta correcta la D, pero no entiendo por que?, pues el art. 450.1 dice que cuando se trate de esos casos podrán cubrirse por el procedimiento de libre designación.
También se podrán cubrir por concurso? en ese caso no tendría que ponerlo en la ley, pues según está redactada yo entiendo que solamente se podrá cubrir por libre designación, no sé a lo mejor me estoy liando.Alguna mente más despierta que la mía??
Gracias y saluditos.
23 noviembre, 2004 a las 12:57 am #294244Academia OpositasParticipanteHola Sildavia:
según interpreto yo la ley nos dice que el sistema general es el de Concurso pero que en el caso en que estamos (puestos de directivo o de especial responsabilidad) se podrá cubrir por libre designación. Es decir, que una cosa es que su pueda (posibilidad pero no obligación) y otra que se deba, por lo que se podrán cubrir por los dos sistemas.
Espero no haberlo liado más.
Un saludo23 noviembre, 2004 a las 9:40 am #294245Academia OpositasParticipante¿que tal shiquillosssssssssss?
Sólo para reforzar la explicación de Cr, 😉
Compara el artículo 441 y siguientes de la LOPJ.
Besitos chicharreros.
23 noviembre, 2004 a las 11:15 am #294246Academia OpositasParticipanteMuchas gracias a los dos, perfectamente aclarado, Cr no lo has liado, la que se lía a veces, muchas veces, es la menda lerenda.
Saluditos
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