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25 febrero, 2019 a las 10:24 am #328873
barbarulla
ParticipanteBuenos días, haciendo este test me surge una duda en la pregunta 3
3. Y ¿en qué tiempo deberá resolverse este recurso?. Contra el auto decretando la libertad provisional con o sin fianza
a) En 15 días.
b) En 5 días.
c) En 30 días.
d) El mismo día o el día siguiente.Yo he contestado la C por aproximación, pero lo que entiendo del artículo 507 es que sólo el recurso contra el auto de prisión es el que goza de este plazo en su resolución.
Artículo 507.
1. Contra los autos que decreten, prorroguen o denieguen la prisión provisional o acuerden la libertad del investigado o encausado podrá ejercitarse el recurso de apelación en los términos previstos en el artículo 766, que gozará de tramitación preferente. El recurso contra el auto de prisión deberá resolverse en un plazo máximo de 30 días.
27 febrero, 2019 a las 6:14 pm #328874Ana-Maria
ParticipanteBuenas tardes, barbarulla.
De acuerdo al 529 y al 507, gozan de preferencia los que los autos que decreten, prorroguen o denieguen.
Un saludo[i][color=green]Artículo 529.
Cuando no se hubiere acordado la [u]prisión provisional[/u] del investigado o encausado, el juez o tribunal [u]decretará[/u], con arreglo a lo previsto en el artículo 505, si el investigado o encausado ha de dar o no fianza para continuar en libertad provisional.
En el mismo auto, si el juez o tribunal decretare la fianza, fijará la calidad y cantidad de la que hubiere de prestar.
[u]Este auto[/u] se notificará al investigado o encausado, al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas y [u]será recurrible de acuerdo con lo previsto en el artículo[u][b] 507[/b][/u].[/u]Artículo 507.
1. Contra los autos que [b][b][u]decreten[/u][/b],[b][u] prorroguen o denieguen[/u][/b] la prisión provisional o acuerden la libertad del investigado o encausado[/b] podrá ejercitarse el recurso de apelación en los términos previstos en el artículo 766, que gozará de tramitación preferente. El recurso contra el auto de prisión deberá resolverse en un plazo máximo de 30 días.[/color][/i]28 febrero, 2019 a las 9:12 am #328875barbarulla
ParticipanteHola de nuevo, lo que no entiendo entonces es por que el legislador indica en la última frase ” el recurso contra el auto de prisión deberá resolverse en un máximo de 30 días” como diferenciándolo del resto del párrafo, como si la tramitación preferente no llevará un tope de tiempo fijado pero el recurso contra el auto de prisión si. Perdona, es que no me queda del todo claro.
28 febrero, 2019 a las 9:16 am #328876Ana-Maria
ParticipanteCreo que es una cuestión de redacción.
Te lo digo de otra forma: para que sea como dices, tendría que decir expresamente contra el auto que decreta la prisión, y lo cierto es que el artículo no lo distingue.
Un saludo28 febrero, 2019 a las 9:20 am #328877barbarulla
ParticipanteVale, entonces se entiende que los recursos contra autos tanto de prisión como de libertad provisional o sin fianza se deben resolver en 30 días, ¿hay que verlo así?.
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