Efectivamente,
Eso es así porque dicho apartado ha sido recientemente reformado por la Ley 2/2020, de 27 de julio
Antes de la reforma dicho apartado decía lo siguiente: [i]Las diligencias de instrucción se practicarán durante el plazo máximo de [b]seis meses[/b] desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas.[/i]
De ahí que en tu tema te aparezcan los 6 meses (y no los 12).
A efectos de convocatorias y exámenes, tendremos en cuenta los 6 meses para OEP 17/18 DE AUXILIO JUDICIAL, y para las siguientes convocatorias, APRENDEREMOS QUE SON 12 MESES.