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tema 35 de gestion

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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  • Autor
    Entradas
  • #320465
    esthal
    Participante

    Buenas tardes

    me ha surgido un par de dudas del artículo 573 de la LEC,

    1º a que se refiere con la liquidación efectuada por el acreedor? supongo que es el importe que el deudor le debe y que efectúa el acreedor, pero no estoy segura.

    2º es que no se a que extracto de partidas de cargo y abono y los correspondientes intereses se refiere, no se si se refiere a todo lo que el deudor debe,…

    estoy hecha un lío con este artículo, alguien podría aclarármelo

    Gracias y saludos

    #320466
    Anónimo
    Invitado

    Hola Esthal.
    Efectivamente en caso de ejecución como consecuencia de “saldos en cuenta”, el acreedor deberá aportar la oportuna liquidación
    En cuanto a la segunda de las cuestiones, es el “informe bancario” o extracto donde figuran las cantidades retiradas y las aportadas, cuya liquidación arroja el saldo deudor del demandado

    En definitiva, se trata este precepto de la liquidación de la cuenta

    Saludos

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