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tema 26 – Aclaración de sentencias

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #324938
    VDORADOA
    Participante

    Buenos días

    Hay un audio en la ut 1 resoluciones judiciales, que dice que debemos de hacer distingo en las aclaraciones judiciales cuando son de oficio o a instancia de parte, pero en el tema 26 da los mismos plazos para pedir (2 días) y 3 para resolver. Entonces no entiendo lo de la insistencia en la diferencia.

    Un saludo

    #324939
    VDORADOA
    Participante

    A no ser que sea que de oficio el plazo de dos días no exista, porque nadie le tiene que contestar y sea tán sólo el plazo de 3 días en que resuelve.
    No??

    Gracias

    #324940
    pilarricky
    Participante

    Buenos días, xugus23:

    La diferencia está en que cuando es de oficio no se le da traslado a nadie, sino que, sin más, el juez (o el secretario, si se tratase de un decreto) hacen la aclaración en los dos días siguientes a la publicación de la resolución.

    En cambio, si es a instancia de parte, la solicitud se hace en el plazo de esos dos días siguientes a la publicación de la resolución, y se resuelve en los tres días siguientes a la presentación de la solicitud.

    Saludos

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