Foros OPOSITAS

tema 25

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #311022
    reginaperez
    Participante

    Buenas Baldo, te comento algunas cuestiones que no termino de tener claras del tema 25.
    1. ¿quien habilita dias y horas?
    no se apreciar la diferencia entre el CGPJ y el tribunal o secretario
    2. si se interrumpe un plazo por causa de fuerza mayor, cuando esta desaparece se retoma el plazo pero, comienza el plazo desde el principio o se reanuda por donde iba?
    3. cuando termina el periodo ordinario se forma la sala de vacaciones en los tribunales pero, ¿y en los juzgados?

    Gracias de antemano.

    #311023
    Anónimo
    Invitado

    Hola Regina, vamos con esas dudas.

    1.- Como has podido ver en otros posts sobre esta materia, la habilitación corresponde al Juez si lo hace “en acto a su presencia” o al Secretario Judicial en otro caso.
    El Consejo General del Poder Judicial establecerá el procedimiento de habilitación para los casos en que las Leyes procesales no lo hagan. Es lo que debes “dominar”.

    2.- Seguiremos contando el plazo. Pero lo que siempre os digo; vamos a preocuparnos de “saber” lo que la Ley nos dice.

    3.- En Juzgados no existen Salas. Los Jueces de la población correspondiente se sustituirán entre sí

    Espero haberte resuelto las dudas.

    Saludos.

    #311024
    reginaperez
    Participante

    muchas gracias Baldo, lo del plazo me surgio porque siempre me pongo en el caso de que esto caiga en el practico.
    un saludo

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