Foros OPOSITAS

TEMA 25 TRAMITACION

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #328826
    Beagoba90
    Participante

    Hola, tengo dos dudas que aún no tengo muy claras y me gustaria aclararlas.
    1. – En el cómputo por días: excluyen los inhábiles.
    – En el cómputo por meses y años: no se excluye ningún dia
    – Plazos por días: se excluyen los días inhábiles.
    – Plazos por meses, años: se excluyen los días inhábiles.
    ¿ es asi?

    [color=red][b] (am)[/b] así es en los [u]señalados por días[/u] [b]se excluyen los inhábiles[/b].
    Los plazos [u]señalados por meses o por años[/u] se computarán [b]fecha a fecha[/b], por tanto aquí la única previsión es:
    – Cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
    Además hay que tener en cuenta que los [b][u]plazos que concluyan[/u][/b] en sábado, domingo u otro día inhábil se entenderán prorrogados hasta el siguiente hábil.[/color]

    2. Cuando hablamos de desestimar la solicitud de nulidad se condenará por medio de auto, al solicitante en todas las costas del incidente y, en caso de que el juzgado o tribunal entienda que se promovió con TEMERIDAD, le impondrá además, una multa de 90-600 €.
    Esto quiere decir que siempre es COSTA y si hay TEMERIDAD la multa?? o la solicitud de desestimación de la solicitud de nulidad siempre es MULTA mas COSTA???.

    [color=red][b](am)[/b] En los casos referidos al Incidente excepcional de nulidad de actuaciones cuando la solicitud es desestimada, se condenará, al solicitante en [u][b]todas las costas del incidente[/b][/u] es dfecir si se desestima siempre son las costas para él, ahora si el Tribunal entiende que se promovió con temeridad, le impondrá,[u][b] además,[/b][/u] una multa de 90 a 600, con lo cual algunas veces sera solo costas y algunas veces costas y multa.[/color]

    Muchas gracias y perdonen las molestias.

    [color=red][b](am)[/b] a ti por participar. Un saludo[/color]

    #328827
    Ana-Maria
    Participante

    Buenas tardes Beagoba90

    En tu post he contestado a tus dudas.

    Un saludo

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?