Hola buenos dias, tengo muchas dudas con el tema 17 en concreto respecto a la parte de las subastas.
En la pagina 68 del referido tema dice:
“El ejecutante solo podra tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las postura que se hiciere, sin necesidad de consignarr cantidad alguna. Solo el ejecutante podra hacer postura reservandose la facultad de ceder el remate a un tercero……”
de la pagina 68 no entiendo nada y de la parte de subasta de bienes inmuebles pagina 71 “El secretario judicial responsable de la ejecucion se dirigira de oficio a los titulares de credcitos anteriores que sean preferentes al que sirvio para el despacho de la ejecucion y al ejecutado ….” Vamos que no me entero de nada de todo lo relativo a la subastas, me gustaria que me lo explicaran con ejemplos sencillitos si es posible. Muchas gracias y un saludo ❓ ❓