Buenas noches
Cuando se acuerde celebración de vista para resolver la oposiciön por motivos de fondo se nos dice que se celebrara vista como en un verbal, pero en este caso el actor seria el ejecutado o el ejecutante? mi duda viene por este pàrrafo.
Cuando se acuerde la celebración de vista, si no compareciere a ella el ejecutado
el tribunal le tendrá por desistido de la oposición y adoptará las resoluciones previstas
en el apartado 1 del artículo 442. 5Si no compareciere el ejecutante, el tribunal
resolverá sin oírle sobre la oposición a la ejecución. Compareciendo ambas partes,
se desarrollará la vista con arreglo a lo previsto para el juicio verbal, dictándose
a continuación la resolución que proceda.