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TECERIA MEJOR DERECHO

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #308441
    ISABELIII
    Participante

    SR. ADMINISTRADOR O SEÑORES OPOSITORES. ALGUIEN ME PUEDE EXPLICAR LA DIFERENCIA ENTRE TERCERIA DE MEJOR DERECHO GENERAL Y TERCERIA MEJOR DERECHO ESPECIAL.

    GRACIAS

    #308442
    Academia Opositas
    Participante

    Creo que te refieres a la diferencia de la preferencia del tercerista respecto al bien embargado, que, recordemos, puede ser especial o general. Dicha diferencia se establece en función de la relación del tercerista con su crédito. Si su crédito goza de preferencia conforme al derecho sustantivo, se habla de preferencia especial. Si su crédito es ordinario, se habla de preferencia general.

    Resumiendo, es el derecho de concurrencia y prelación de créditos el que fija el tipo de preferencia. Y eso incide en el plano procesal ya que la preferencia fijará el momento de interposición de la demanda de tercería.

    Un saludo.

    #308443
    ISABELIII
    Participante

    HOLA, SIGO SIN ENTERARME, NO VEO CLARA LA EXPLICACIÓN.

    SE REFIERE AL ARTCULO 615 LEC

    GRACIAS

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