-
AutorEntradas
-
14 enero, 2018 a las 10:47 am #326896
aliche74ParticipanteEn la pregunta 23 del supuesto práctico ¿ Si no fuera conocido el domicilio de los perjudicados, ¿ Cómo se les ofrecen las acciones del artículo 109 de la LECR?.
¿ Sería de aplicación para responder a ésta pregunta lo dispuesto en el artículo 762 regla 3 de la LECR.?. Creo recordar que alguien dijo que el ofrecimiento se haría por edictos. Y no veo el artículo que diga que se hace por edictos. Alguien me puede ayudar por favor. O puede ser que yo no estuve atenta en esa respuesta. GraciasTengo dudas en las preguntas 11, 12 y 13. Forma de citar a Juan, Manuel y Miguel.( TESTIGOS)
-Si estamos en un Procedimiento abreviado:, El Ministerio Fiscal y la Acusación particular en su escritos de acusación pueden proponer por ejemplo que se practique la prueba testifical, en el juicio oral. Para ello deberán expresar en el escrito de acusación que las citaciones de los testigos se realicen por la OFICINA JUDICIAL( ART 781 DE LA lecr).¿ Las respuestas a esas 3 preguntas sería que las citaciones de los testigos se realizan por la oficina judicial?. No recuerdo que dijo Baldo. Alguién me lo puede aclarar. Gracias
14 enero, 2018 a las 11:12 pm #326897
AnónimoInvitadoHola Aliche.
Como hemos comentado en anterior post vamos a corregir ese ejercicio en video-clase, que tendréis disponible en CAMPUS OPOSITAS
Dicho eso,, te adelanto
Ofrecimiento de acciones, mira el artículo 643 de la LECriminal
En cuanto a la citación, distinguiremos en cuanto a instrucción y “juicio”, que es lo preguntado
Me extenderé para mis opositores y opositoras en dicha clase
Gracias y saludos de Baldo Gallego
14 enero, 2018 a las 11:12 pm #326898
AnónimoInvitadoHola Aliche.
Como hemos comentado en anterior post vamos a corregir ese ejercicio en video-clase, que tendréis disponible en CAMPUS OPOSITAS
Dicho eso,, te adelanto
Ofrecimiento de acciones, mira el artículo 643 de la LECriminal
En cuanto a la citación, distinguiremos en cuanto a instrucción y “juicio”, que es lo preguntado
Me extenderé para mis opositores y opositoras en dicha clase
Gracias y saludos de Baldo Gallego
14 enero, 2018 a las 11:12 pm #326899
AnónimoInvitadoHola Aliche.
Como hemos comentado en anterior post vamos a corregir ese ejercicio en video-clase, que tendréis disponible en CAMPUS OPOSITAS
Dicho eso,, te adelanto
Ofrecimiento de acciones, mira el artículo 643 de la LECriminal
En cuanto a la citación, distinguiremos en cuanto a instrucción y “juicio”, que es lo preguntado
Me extenderé para mis opositores y opositoras en dicha clase
Gracias y saludos de Baldo Gallego
15 enero, 2018 a las 11:27 am #326900
clarajcParticipanteHola,
no encuentro donde esta la video-clase explicando la práctica que se está comentando.
me puede indicar alguien donde esta?15 enero, 2018 a las 11:30 am #326901
clarajcParticipantePerdón, entiendo que está por realizar dicha video-clase
15 enero, 2018 a las 11:36 am #326902
clarajcParticipanteDespués de analizar la practica con mas detenimiento, veo claro encuadrarla en un procedimiento abreviado, puesto que las lesiones se dan en un contexto no encuadrable dentro de los juicios rápidos, según hemos visto en el art. 173.2 cp; me surgió la duda respecto al comentario que se hizo el pasado miércoles, de que al haber acusación particular no podía ser juicio rápido, yo sigo viendo que hay atestado y que se inicia por atestado, y el motivo de encuadrarlo en un procedimiento abreviado es por la naturaleza de las lesiones, que no reúnen los requisitos indicados para que pueda tramitarse por juicio rápido, pero no por el tema de que exista acusación particular, porque entiendo que se inicia por atestado.
No se que opinais al respecto.
Saludos a tod@s.15 enero, 2018 a las 12:27 pm #326903
LN30ParticipanteBuenos dias Clara yo opino exactamente como tu aunque me surje la duda si habria que considerar esas lesiones como un delito flagrante o un hecho de instruccion sencilla cuando en el supuesto no hacdn mencion a esos aspectos…Saludos
-
AutorEntradas
- El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.
