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supuesto práctico número 44: verbal civil

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • Autor
    Entradas
  • #333098
    IRENE.
    Participante

    Buenas tardes! Tengo una duda respecto a la pregunta 24: En este caso concreto, y con objeto de ser citado para la vista verbal, se podrá remitir cédula de emplazamiento al domicilio del demandado:
    a) En ningún caso.
    b) Sí, a instancia de parte y a su costa.
    c) Sí.
    d) Ninguna es correcta.

    El test da por correcta la A, y no lo entiendo, me lo podríais explicar?
    Gracias!

    #333099
    TUTORA Maria R.
    Participante

    Ten en cuenta que se trata de un verbal por materia (en el que hace falta abogado y procurador), y en el que ya se ha contestado a la demanda (por lo que el demandado ya dispone de esos profesionales). Por tanto, para los sucesivos actos (en este caso, para la citación de la vista); [b]éstos se entenderán con el procurador que le represente[/b]
    Solo cabría que el acto de comunicación se hiciere por remisión al domicilio del demandado cuando las partes no actúen representadas por procurador o se trate del primer emplazamiento o citación al demandado; y éste no es el caso.
    Además, ten en cuenta que no se remitirá CÉDUDA DE EMPLAZAMIENTO; SINO CÉDULA DE CITACIÓN; puesto que dicho acto de comunicación se remitirá con el objeto de ser citado para la vista del verbal, por lo que habrá de determinarse el lugar, fecha y hora para comparecer y actuar.

    Copiamos el supuesto para mejor comprensión:
    En el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Granada se sigue procedimiento de juicio verbal.
    El Procurador D. Pedro Plaza Fajardo, en representación de Dª. Elena Casado Segura, presenta demanda contra D Carlos López Torres, con domicilio en Plaza Einstein s/n de Granada.
    La parte demandante, que posee título inscrito en el Registro de la Propiedad, solicita en su demanda que se le proteja frente a las perturbaciones que está sufriendo en sus derechos de propiedad, careciendo el demandado de titulo inscrito que legitime sus derechos.
    El 10 de febrero de 2019 se dicta resolución admitiendo a trámite la demanda, contestándola el demandado dentro de los plazos previstos.
    Finalmente, se cita a las partes para la vista, que se celebra el 31 de marzo.

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