Buenas! Tengo una duda respecto a la pregunta 9 de este caso práctico.
Dice así: “En caso de que fuera posible el embargo de las participaciones sociales (se refiere al 75 % de las participaciones sociales que Transportes Benítez SA tiene de la empresa Viajes Royman SL):
a) se embargarán en 4º lugar
b) si se acuerda una administración judicial, se nombrará un interventor
c) se embargarán en 2º lugar
d) ninguna es correcta”
El test da por buena la D y dice que en este caso se nombrarían 2 interventores, pero no sé por que no puede ser correcta la C? al referirse a acciones que una SA tiene de una SL, no estamos ante el ordinal 2º del 592.2, sino ante el ordinal 9º?
Gracias!