Muy buenas, estoy haciendo un supuesto y me ha surgido una duda:
19. Si ambas parte comparecen a la vista del verbal, ambas partes solicitaran, de mutuo acuerdo, la suspensión del proceso para someterse a mediación?
a) El tribunal lo acordará por providencia
b) Lo acordará el secretario judicial por decreto
c) Lo acordará el secretario judicial mediante diligencia de ordenación
d) Ninguna es correcta
Me señala como correcta la D y me remite al art. 443.3…
Yo hubiera marcado la B…cual seria entonces la respuesta correcta? “lo podrá acordar el secretario judicial por decreto” en lugar de lo acodará? o que antes de que lo acuerde el secretario judicial el tribunal examinará previamente la concurrencia de requisitos de capacidad jurídica y poder de disposición de las partes???
A ver si alguien me lo puede aclarar, gracias!!!