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23 agosto, 2019 a las 1:45 pm #330295
evamontes92
ParticipanteHola, buenas tardes
Tengo una duda sobre la pregunta 20 del supuesto penal 2:
Respecto al diputado:
a) no tiene obligación de acudir al juicio pudiendo declarar por escrito
b) no tiene obligación de acudir al juicio pudiendo hacerlo en su despacho oficial
c) tiene obligación de acudir al juicio
d) ninguna respuesta es ciertaDice que la correcta es la c, pero no lo entiendo… Según el art. 412.5, los diputados “Estarán exentos también de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo hacerlo en su despacho oficial o en la sede del órgano del que sean miembros”
En ese caso, ¿la correcta no sería la b?Muchas gracias
24 agosto, 2019 a las 6:03 pm #330296Anónimo
InvitadoHOla Eva, buenas tardes:
Vamos con esa duda que planteas, muy interesante para aprovechar la pregunta y hacer una llamada de atención al respecto
Ciertamente hay determinadas personas que no tienen obligación de acudir a la Sede Judicial en fase de instrucción ¿verdad?
No obstante ese derecho de no acudir se limita muchísimo si se trata del juicio oral, y a ello se refiere la pregunta del supuesto práctico
Veamos que conforme al Artículo 702.
Todos los que, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 410 a 412, inclusive están obligados a declarar, lo harán concurriendo ante el Tribunal, sin otra excepción que las personas mencionadas en el apartado 1, del artículo 412, las cuales podrán hacerlo por escrito.
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Y en este supuesto no estamos hablando de una de las excepcionesPor favor, tengamos presente el detalle que entendemos muy interesante para un posible supuesto práctico
Saludos y gracias por participar en los foros de opositas.com
24 agosto, 2019 a las 6:03 pm #330297Anónimo
InvitadoHOla Eva, buenas tardes:
Vamos con esa duda que planteas, muy interesante para aprovechar la pregunta y hacer una llamada de atención al respecto
Ciertamente hay determinadas personas que no tienen obligación de acudir a la Sede Judicial en fase de instrucción ¿verdad?
No obstante ese derecho de no acudir se limita muchísimo si se trata del juicio oral, y a ello se refiere la pregunta del supuesto práctico
Veamos que conforme al Artículo 702.
Todos los que, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 410 a 412, inclusive están obligados a declarar, lo harán concurriendo ante el Tribunal, sin otra excepción que las personas mencionadas en el apartado 1, del artículo 412, las cuales podrán hacerlo por escrito.
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Y en este supuesto no estamos hablando de una de las excepcionesPor favor, tengamos presente el detalle que entendemos muy interesante para un posible supuesto práctico
Saludos y gracias por participar en los foros de opositas.com
25 agosto, 2019 a las 11:28 am #330298barbarulla
ParticipanteSi que es interesante leer este tipo de preguntas en las que todos podemos facilmente caer por descuido.
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