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20 abril, 2014 a las 3:47 pm #318561
Elenita33
ParticipanteHola,
os escribo para haceros una consulta. Me gustaría preparar oposiciones a agentes judiciales, lo que es este cuerpo. El problema es que me han llegado rumores de que es un cuerpo a extinguir, junto con el de tramitación, debido a la futura aprobación de la LOPJ. La verdad no es un panorama muy alentador ya que es al único cuerpo que puedo optar, junto con tramitación, por mi titulación, y estoy bastante desanimada…. Dicen que muchas de las competencias de los agentes judiciales las pasarán a desempeñar los Procuradores, de acuerdo con la ley, y que además no habrán más oposiciones. Esto es cierto? Alguien podría decirme si es verdad que es un cuerpo a extinguir, y que tal y como en un momento se dijo que el año próximo iban a celebrar oposiciones,( las famosas mil plazas) no se celebrarán…Muchas gracias de antemano por vuetra ayuda.
Elenita33.
20 abril, 2014 a las 8:51 pm #318562gestion
ParticipanteHola Elenita.
Veo que eres nueva en el foro o por lo menos es tu primer mensaje
Aprenderás que los rumores negativos no te ayudan en nada porque lo que consiguen es desanimar al personal y mientras unos están desanimados otros aprovechan para mejorar su preparación
Se decía que este año no habría y se están celebrando los exámenes de Gestión y servirá para que haya 232 aprobados (116 libres) y además te gustará saber que mucha gente está siendo llamada para trabajar como interina (situación circunstancial que ayuda en estos tiempos)En cuanto a los _Cuerpos de Justicia, he estado viendo el ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL. Lo primero es que aún no se ha aprobado como LEY ORGANICA si no que está en proyecto y creo que tendrá modificaciones. NO obstante te GUSTARÁ SABER QUE EN SU EXPOSICIÓN DE MOTIVOS SE DICE:
[quote]
El Libro VI regula el resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, comprendiendo en él a los Médicos Forenses, los Facultativos, Técnicos Especialistas y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, los funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Procesal, y otro personal al servicio de la Administración de Justicia.
[b][u]
La nueva Ley detalla las funciones de estos funcionarios públicos y regula su estatuto jurídico, sin apenas cambios en relación con la actual normativa [/u][/b]
[/quote]En su articulado, se recoge:
[quote]
Son Cuerpos Generales:
a) El Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. La titulación exigida para el acceso a este Cuerpo es la de Grado Universitario, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
b) El Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa. Para el acceso a este Cuerpo se exigirá estar en posesión del título de Bachiller, Técnicos de formación profesional o titulaciones equivalentes.
c) El Cuerpo de Auxilio Judicial. Para cuyo ingreso se exigirá estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
[/quote]Y en cuanto a los Funcionarios del Cuerpo de Auxilio,
[quote]
Artículo 579. Funciones del Cuerpo de Auxilio Judicial.
Corresponde al Cuerpo de Auxilio Judicial con carácter general, bajo el principio de jerarquía y de acuerdo con lo establecido en las relaciones de puestos de trabajo, la realización de cuantas tareas tengan carácter de auxilio a la actividad de los órganos judiciales. Asimismo, y entre otras funciones, le corresponderá:
a) La práctica de los actos de comunicación que consistan en notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos, en la forma prevista en las leyes procesales, a cuyo efecto ostentará capacidad de certificación y dispondrá de las credenciales necesarias.
b) Como agente de la autoridad, proceder a la ejecución de embargos, lanzamientos y demás actos cuya naturaleza lo requiera, con el carácter y representación que le atribuyan las leyes.
c) Actuar como Policía Judicial con el carácter de agente de la autoridad, sin perjuicio de las funciones que competen a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la averiguación de los delitos y en el descubrimiento y aseguramiento de los delincuentes, o al resto de los cuerpos de la Administración General del Estado cuya legislación específica les atribuya el carácter de colaborador de la Policía Judicial, exclusivamente en las materias incluidas en el ámbito de sus competencias.
d) Realizar funciones de archivo de autos y expedientes judiciales, bajo la supervisión del Letrado de la Administración de Justicia.
e) Velar por las condiciones de utilización de las salas de vistas y mantener el orden en las mismas.
f) Comprobar que los medios técnicos necesarios para el proceso judicial se encuentren en condiciones de utilización, requiriendo, en su caso, la presencia de los servicios técnicos que correspondan, para permitir el adecuado funcionamiento de dichos dispositivos, poniendo en conocimiento del Letrado de la Administración de Justicia las anomalías detectadas que pudieran impedir la celebración de actos procesales.
g) El desempeño de aquellas jefaturas que en las relaciones de puestos de trabajo de la Oficina judicial estén asignadas a este cuerpo, en la forma y condiciones que en las mismas se establezcan.
h) La posibilidad de ocupar puestos de las unidades administrativas, siempre que se reúnan los requisitos y conocimientos exigidos para su desempeño en las relaciones de puestos de trabajo en las mismas.i) La realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a todas las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.
[/quote]
Bueno, como ves creo que hay motivos para ponerse a estudiar a tope salvo que tu preparación sea estupenda y te puedas permitir esto de tener dudas
He escrito tanto de una Ley que no está aprobada para intentar acabar con los rumores negativos que tanto abundan en estos tiempos revueltos y siempre hay quien se aprovecha
A ESTUDIAR!
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