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23 agosto, 2019 a las 1:17 pm #330286
evamontes92
ParticipanteHola, buenas tardes.
Tengo algunas dudas sobre el simulacro 4.1. Respecto a las preguntas 1 y 13… ¿Hay que saberse las penas del Código Penal?
2. La pregunta 80 no la entiendo…
Señalar la relación incorrecta:
a) complemento general de puesto a retribuciones complementarias fijas
b) complemento de productividad a retribuciones complementarias variables
c) complemento específico a retribuciones complementarias variables
d) gratificaciones por servicios extraordinarios a retribuciones complementarias variables3. En la pregunta 17, que se refiere al artículo 695.2 LEC, tengo dos dudas:
En los procedimientos hipotecarios, formulada la oposición, se suspenderá la ejecución y:
a) se convocará a las partes a una comparecencia mediante auto
b) la citación a la comparecencia anterior debe hacerse mediando quince días
c) tras la comparecencia, se acordará lo que proceda por medio de auto dentro del segundo día
d) ninguna de las respuestas anteriores es correctaLa correcta es la c), pero…
Opción a) Es incorrecta porque es el LAJ quien convoca a las partes a una comparecencia, pero ¿mediante qué?
Opción b) La citación a la comparecencia anterior debe hacerse mediando quince días y la ley dice “debiendo mediar quince días desde la citación”. ¿No es lo mismo?
Muchas gracias de antemano
23 agosto, 2019 a las 4:47 pm #330287Ana-Maria
ParticipanteBuenas tardes, evamontes92.
En cuanto a penas, hay que saberse algunas penas, las que tengas en tu temario.
La [b]pregunta 80[/b] es de relaciones, se trata de identificar conceptos que tengan relación, en este caso caso preguntan por la relación [b] incorrecta[/b] y de las opciones ofrecidas la incorrecta, tal como señala el test sería la [u]c) complemento específico a retribuciones complementarias variables[/u], y esto porque según el artículo que se reseña en la plantilla que corresponde con esta pregunta : [b]art. 516 de la LOPJ[/b] se señala:
[i][color=red]1.º Son [b]retribuciones complementarias [u]fijas[/u] [/b]en su cuantía y de carácter periódico:
b) El [b]complemento específico[/b], destinado a retribuir las condiciones particulares de los mismos, en atención a su especial dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad, penosidad o peligrosidad.[/color]
[/i]
En cuanto a la[b] pregunta 17[/b], [u] la opción a);[/u] así es, el LAJ es el que convoca a la comparecencia, por tanto nunca podría ser por auto.
Ahora, es verdad que aquí la LEC no señala mediante que resolución, no obstante por definición podríamos decir que es a través de una [b]diligencia de ordenación[/b], según nos dice el[b] art. 206 de la LEC[/b]: [i][color=red]Se dictará diligencia de ordenación cuando la resolución tenga por objeto dar a los autos el curso que la ley establezca.[/color][/i]En cuanto a la [u]opción b)[/u] la citación a la comparecencia anterior debe [u]hacerse[/u] mediando 15 días, es incorrecta porque para “hacer” la citación no debe mediar 15 días, debe mediar 15 días entre la citación y la comparecencia.
Un saludo y mucho ánimo con los simulacros y el estudio.
Buen fin de semana.23 agosto, 2019 a las 5:06 pm #330288evamontes92
Participante¡Muchísimas gracias! Ya lo he entendido
23 agosto, 2019 a las 5:07 pm #330289Ana-Maria
Participanteme alegro! a seguir estudiando!
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