Sentencias Declarativa: Es la que comprueba la existencia de un derecho o de una situación jurídica. Ej. Reconocimiento de Escritura, Reconocimiento de Servidumbre, Declaración de Hipoteca. Etc.
Sentencia Constitutiva: Es la que crea una situación jurídica ya sea modificando un estado de cosas ya sea sustituyéndolo por otro. Ej. Sentencias que admiten el divorcio
En las sentencias declarativas, el contenido principal del fallo lo constituye la declaración sobre la existencia o inexistencia de un derecho o de una situación jurídica. En estos casos, la declaración judicial pone fin un estado de incertidumbre jurídica. Ejs.: reconocimiento de filiación, prescripción, etc. El derecho existe: el Juez se limita a declarar su existencia.
En las sentencias constitutivas, el Juez modifica una situación jurídica existente, constituyendo una nueva. Es lo que ocurre, por ejemplo, en los casos de divorcio, adopción, división de condominio, etc
Te he puesto dos definiciones de lo que se entiende por la jurisprudencia y los autories por sentencias decalrativas constitutivas, espero que te sirvan.