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sentencias declarativas o constitutivas

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #317466
    aliche74
    Participante

    Hola Compañeros
    Tengo esta duda el articulo 521 del la LEc establece que no se puede despachar ejecución de las sentencias meramente declarativas ni de las constitutivas y aqui viene mi duda si no se puede interponer demanda ejecutiva, la forma de materializarse la ejecución en este tipo de sentencias, seria, librando el secretario judicial mandamiento al registro público de que se trate acompañando un testimonio de la sentencia para que el registrador proceda a inscribir la sentencia, y por tanto con dicha inscripción se podrá inscribir o modificar asientos en el Registro. Alguién me lo puede confirmar si es así, por favor.

    #317467
    Anónimo
    Invitado

    Hola Aliche

    No hace falta añadir nada al comentario que haces del precepto en cuestión. Únicamente y por “cerrarlo” recordar que para el caso de que la sentencia declarativa o constitutiva tuviera también pronunciamientos de condena, éstos se ejecutarán del modo previsto para ellos en la Ley.

    Espero haber resuelto tu duda

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    Saludos

    #317468
    aliche74
    Participante

    Muchas gracias bg por tanta ayuda.

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