Hola, buenas noches.
Según pone en el temario de opositas, las sanciones a los secretarios judiciales que consisten en separación del servicio, suspensión de empleo y sueldo y traslado forzoso corresponde al MINISTERIO DE JUSTICIA, pero en otro temario que tengo pone el MINISTRO DE JUSTICIA…¿es una errata?
Por otro lado, ¿ la excedencia voluntaria por interés particular en los secretarios es diferente a la de los funcionarios?
Porque en lo que se refiere a secretarios pone que mínimo 2 años de permanencia en excedencia, pero este mínimo no consta en la de los funcionarios..¿ es asi??
Gracias y un saludo