Tengo la siguiente duda, donde dice “hasta la consolidacion de la plaza coarrespondiente”…
– Los secretarios coordinadores que cesaren en su cargo quedaran adscritos a la oficina judicial en que cesen “hasta la consolidacion de la plaza correspondiente” o a organo de su categoria de la ciudad de procedencia, pudiendo optar con caracter preferente, durante los dos años siguientes, a cualquier plaza de su categoria de lasqe deban proveerse por concurso voluntario-
Cuando cesan quedan adscritos a la oficina judicial, hasta ahi bien, pero si han cesado, como dice “hasta la consolidacion de la plaza”? no entiendo.
A ver si alguien me puede ayudar. Gracias.