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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #296356
    oslo
    Participante

    Necesito una definición clara, concreta y precisa de
    SECCIÓN SINDICAL
    (Sugiero a la vez, si puede ser, que se agrege al diccionario jurídico)
    Gracias.
    Oslo

    #296357
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Oslo,,,¡que alegria verte escribir en los foros¡¡¡¡¡
    Te transcribo el art. 9 de la Ley Orgánica de libertad Sindical
    [quote]

    Artículo Octavo.
    1. Los trabajadores afiliados a un sindicato podrán, en el ámbito de la empresa o centro de trabajo:

    – Constituir secciones sindicales de conformidad con lo establecido en los estatutos del sindicato.

    – Celebrar reuniones, previa notificación al empresario, recaudar cuotas y distribuir información sindical, fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de la empresa.

    – Recibir la información que le remita su sindicato.

    2. Sin perjuicio de lo que se establezca mediante convenio colectivo, las secciones sindicales de los sindicatos mas representativos y de los que tengan representación en los comités de empresa y en los órganos de representación que se establezcan en las Administraciones Públicas o cuenten con delegados de personal, tendrán los siguientes derechos:

    – Con la finalidad de facilitar la difusión de aquellos avisos que puedan interesar a los afiliados al sindicato y a los trabajadores en general, la empresa pondrá a su disposición un tablón de anuncios que deberá situarse en el centro de trabajo y en lugar donde se garantice un adecuado acceso al mismo de los trabajadores.

    – A la negociación colectiva, en los términos establecidos en su legislación especifica.

    – A la utilización de un local adecuado en el que puedan desarrollar sus actividades en aquellas empresas o centros de trabajo con mas de 250 trabajadores.
    [/quote]

    Se trata, por tanto, de la “reunión de los trabajadores” de una determinada empresa y afiliados a un determinado sindicato.
    Saluditos.

    #296358
    Academia Opositas
    Participante

    Sección sindical es el conjunto de trabajadores de una empresa o un centro de trabajo afiliados a un determinado sindicato, ejercitándose a traves de dicha sección el derecho a la actividad sindical.

    #296359
    oslo
    Participante

    Gracias a todos por vuestra rapidísima respuesta.
    Seguiremos dandole vida al foro que hace falta.
    Animos a todos que esto ya va en serio

    #296360
    Academia Opositas
    Participante

    Efectivamente, la convocatoria va en serio. Creemos que es hora de “ponerse las pilas”.
    En julio vamos a intentar daros muchas informativas, tutorías, tests-chats, etc.
    Os recordamos que ya estamos en marcha con los nuevos temarios y que para quienes habeis adquirido material desde la última convocatoria se os actualizará de forma totalmente gratuita. Este compromiso lo mantendremos con quien adquiera el material existente antes de “colocar en vuestra zona privada” los nuevos temarios.
    Saludos.

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
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