Hola Selene. Efectivamente a efectos procesales, después de la entrada en vigor de la L.O. 19/03 de 23 de diciembre, los sábados son inhábiles.
En cuanto a la jornada laboral creo que los reglamentos que han de dictarse en aplicacion de la nueva LOPJ deberán acordar al respecto; actualmente lo cierto es que los sábados existe obligacion de acudir al puesto de trabajo, según un informe emitido por el CGPJ.
No obstante son muchas las “voces”discrepantes que entienen que solo deberían acudir los Juzgados que se encontraran en servicio de guardia; e incluso en ese sentido algunos opinan que en determinados órganos en los que la guardia es de disponibilidad tampoco existiría la obligacion de asistir.
Te puedo asegurara que hay mucho escrito sobre la cuestíón y parece que en no todos los sitios se está realizando de igual forma.
Saludos.