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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
  • Autor
    Entradas
  • #304656
    kieroaprobar
    Participante

    hola! ¿que tal os ha salido el examen de auxilio? espero que bien. Yo acabo de comprobar las respuestas y parece que bien, pero hay 7 pregunas que al no ser literales de la ley no las puedo comprobar 100%, si alguien pudiera ayudarme se lo agradecería. Son las siguientes preguntas:

    6.- yo creo que es la D

    7.- No tengo ni idea

    8.- En esta he dudado un montón. Si no fuese un cambiario la D seguro, pero he contestado la A porque el embargo preventivo del art 821 se acuerda aunque no lo pida el procurador del actor ¿no? Todo el mundo que he preguntado ha contestado la D pero yo sigo con la esperanza de que sea la A

    10.- yo creo que es la A

    11.- es la única preg del examen que he dejado en blanco

    12.- No tengo ni idea

    23.- yo creo que es la A

    Del resto de las respuestas no tengo ninguna duda asi que si alguien quiere salir de dudas con alguna que lo pregunte. Gracias y animo que ya si queda muy poco

    #304657
    ontiveros
    Participante

    hola . respecto a la pregunta 12, en mi opinion es para impugnarla, por lo siguiente:

    1- si te vas ala ley art 607.3 que viene a decir. que si hay bienes gananciales se embargaria el % que corresponda, con la suma de los salarios de ambos conyuges (son acumulables).

    2-por lo que si fuera separacion de bienes, no se acumularian.

    EN EL CASO PRACTICO NO HAY NINGUNA REFERENCIA A SI ESTAN EN SEPARACION DE BIENES O ESTAN EN GANANCIALES.

    si das por hecho que estan en gananciales, seria la respuesta D.

    si das por hecho que es separacion de bienes, seria la respuesta B , e incluso la respuesta A

    como la refencia a la separacion de bienes o a los ganaciales no nos la da el caso practico , ni la pregunta. AQUI NO PODEMOS DAR POR HECHO ALGO DE LO QUE NO TENEMOS NOTICIA.

    este es mi razonamiento, necesito vuestra opinion.

    #304658
    ontiveros
    Participante

    hola respecto a la pregunta 8
    al juicio cambiario se aplican las normas de art. 582 y 583 de la lec.

    el 582 dice: si no se encontrase el ejecutado en el donicilio que conste en el titulo ejecutivo, podra practicarse el embargo SI EL EJECUTANTE LO SOLICITA, si perjuicio de intentar de nuevo el requerimiento con arreglo a esta ley para los actos de comunicacion………………

    en el caso practico del examen el ejecutado no esta, esta su mujer. yo he contestado la C .
    un saludo

    #304659
    Academia Opositas
    Participante

    Hola, sabeis si hay alguna plantilla para corregir el examen. De donde sacais las respuestas.

    #304660
    Academia Opositas
    Participante

    En la pregunta 6, estoy de acuerdo contigo, los requerimientos es el único que admite la respueta del interesado, las otras necesitan que así se haya especificado en la resolución, por tanto la D

    La 7, yo creo que es la D, por lo que dice la LEC no dice que las comunicaciones se harán materialmente por el secretario o persona que designe, lo que no se, es si en el cambiario, el requerimiento lo hace el de auxilio, pero lo de necesariamente me ha despistado.

    La 8, y también puse la A

    la 10, considero que son las acciones, en el 2º.

    La 11, la C, la renta iría despúes de las acciones y despues del reloj de oro.

    En la 12, consideré que sería la B, pero viendo vuestras respuestas la que más creo que se puede aproximar el la D.

    En la 23, también puse la A.

    #304661
    Eulalia
    Participante

    Hola chic@s, bueno yo estoy indignada porque el primer supuesto me salió bastante bien pero el segundo horrible, yo sigo en mis trece lo del caudal hereditario en mi temario no aparece y está elaborado por un magistrado de la audiencia provincial que tiene años de experiencia en preparación de opositores.
    Yo en la 6 ceo que la d
    La 7 la d , si nos fijamos bien en la ley en las actuaciones judiciales es lo que dice
    La 8 la c, porque como han dicho es si lo solicita el ejecutante y en este caso sería el procurador el que lo represnta
    La 10 la a , 11 la c y en la 12 puse la d porque se supone que la generalidad en españa excepto en Barcelona, es que cuando te cases estés en régimen de gananciales
    La 23 es la a
    Si no les importa les pongo mi plantilla completa del primer caso y que alguien ponga la del 2º a ver porque me estoy volviendo loca, tuve que responder totalmente a boleo….
    1 a
    2 d
    3 c
    4 b
    5 b
    6 d
    7 d
    8 c
    9 b
    10 a
    11 c
    12 d
    13 c
    14 c
    15 d
    16 c
    17 a
    18 d
    19 d
    20 b
    21 a
    22 d
    23 a
    24 a
    25 b
    26 b
    27 c
    28 a
    29 b
    30 c
    Yo aquídejé la 25 en blanco y fallé la 27 , las demás bien aunque, las respuestas que he puesto son según lo que yo creo claro….

    #304662
    lourdesbueno
    Participante

    31 a
    32 c
    33 d
    34 d
    35 b
    36 b
    37 c
    38 a
    39 c
    40 b
    41 a
    42 b
    43 a
    44 b
    45 d
    46 b
    47 d
    48 c
    49 c
    50 b

    De todas formas, para más seguridad, habrá que esperar la plantilla oficial

    #304663
    Academia Opositas
    Participante

    Hola eulalia:

    Lo siento mucho, pero hay q tener tambien una pizca de suerte, independientemente de lo preparado que estemos, para que bordar el segundo. En mi caso la he tenido y puedo decirte que no llevaba controlados ni el 70% de todos los procedimientos. Sin embargo van y me caen un cambiario que repasé el viernes por la tarde y la administración del caudal hereditario que tenía controlado por ley.

    Me da verguenza decirte la nota, pero si puedo decirte que no sacaba una puntuación así desde la antigua EGB ( ni en BUP ni en la carrera, que por cierto no tenía nada que ver con derecho ).

    En la plantilla oficial, previsiblemente haya alguna sorpresa. Las preguntas 8 y 12 me las doy por malas aunque tengo las respuestas 8) c y 12) d de la plantilla que habeis puesto. El tribunal decidirá.

    Era la primera vez que me presentaba y llevaba poco tiempo para la exigencia media de estas oposiciones,………pero influye mucho mucho esa suerte que te comenté. De la multitud de variaciones de supuestos que podían colocar……me tocó el premio gordo ..te lo puedo asegurar.

    Sé que hay mucha gente que se lo merecería más que yo, por esfuerzo, por tiempo, por otras circunstancias familiares. Admiro a esas amas de casa que compatibilizan el estudio, trabajo y faenas domésticas; yo no podría. Sois l@s mejores

    Mucho ánimo para todos los no lo habeis logrado en esta convocatoria ……hay q seguir intentandolo…..insistid…..si te caes, te levantas…no hay otra. Algún día tendréis esa sensación con la que me he levantado hoy….es increible. A expensas del trabajo del lector óptico y la fase de concurso, me veo con plaza. Os lo confirmaré a la vuelta de vacaciones.

    Quiero agradecer muy especialmente a Baldo, el equipo de opositas y a todos los compañeros el haberme acompañado en este camino. Sé hace mas cómoda esta lucha y los malos momentos se ven con otra perpectiva cuando estás “acompañado” de gente tan preparada y maravillosa. Un saludito muy cordial

    Uriel

    #304664
    trabs
    Participante

    sweñores en la pagina edicto digital hay una plantilla provisinal

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