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Reglamento

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #319742
    Elenita33
    Participante

    Hola, muy buenos días a todos,

    tengo una duda. A ver si alguien me la puede contestar, por favor: Un reglamento que es contrario a una ley, es:

    a.-Nulo de pleno derecho.

    b.-Anulable.

    c.-Derogable.

    Yo creo que es nulo de pleno derecho, pero no sé si las leyes entre sí pueden derogarse unas a otras a parte de la constitución con sus disposiciones derogatorias.

    Muchas gracias y hasta pronto,

    Elenita.

    #319743
    NECHECO
    Participante

    Yo diria la A también, pero no entiendo muy bien el segundo párrafo que has escrito. Las leyes del mismo rango jerárquico pueden derogar otras anteriores ( la actual ley de enjuiciamiento civil deroga la ley de 1881, salvo algunos artículos) no digamos ya si encima son normas inferiores, pero también puede ser declarado nulo por los tribunales.

    Espero haberte ayudado.

    Un saludo

    #319744
    Elenita33
    Participante

    Hola, muy buenas tardes,

    ante todo, ¡gracias por contestar!

    La verdad es que he estado buscando la información en la ley y yo también he visto que la respuesta es nulo de pleno derecho. Lo dice la ley 30/92. Además hay una máxima en derecho que dice que: lex superior derogat inferior.( Perdón por la confusión en la transcripción de la pregunta. Me había liado…) Así que ahora ya lo tengo claro.

    Muchas gracias por contestar y ánimo a todos con el estudio.

    Hasta pronto,

    Elenita.

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