Efectivamente, en el índice de temas en principio no están recursos
No obstante, en exámenes anteriores han habido preguntas al respecto y en impugnaciones realizadas, el Tribunal ha dado como respuesta… que los recursos son parte de procesos y en consecuencia son “posibles preguntas”
En cuanto al recurso de súplica, efectivamente en la Ley se hace referencia a ello, si bien cualquier referencia a súplica hay que entenderla a Contencioso
Saludos y sigamos.