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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #293533
    Academia Opositas
    Participante

    Una preguntita, a lo mejor parece una tonteria pero no me queda del todo claro.

    Admitir un recurso de apelación en un solo efecto o en ambos efectos, si alguien me lo explica me vendría genial.

    Otra cosita como sugerencia, un esquemita como el de recursos civiles para los de contencioso? es que los tipos de casacion me tienen frita.

    Gracias anticipadas y salutidos.

    #293534
    Academia Opositas
    Participante

    Un solo efecto: el recurso tiene efecto devolutivo (se remite al órgano superior jerárquico)
    Doble efecto: el recurso tiene efecto devolutivo (lo anterior) y suspensivo (se suspende la ejecución de la resolución objeto de recurso)

    Saludos 😀
    Espero haberme e 😳 xplicado

    #293535
    Academia Opositas
    Participante

    Te has explicado perfectamente, muchas gracias Paula.

    #293536
    Academia Opositas
    Participante

    [quote=”Sildavia”:14f5qq8d]Te has explicado perfectamente, muchas gracias Paula.[/quote]

    De nada.

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  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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