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recursos ordinarios – depositos

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #324829
    VDORADOA
    Participante

    Buenos dias!! dice… al notificarse la resolución a las pertes se les indicará la necesidad de constituir deposito, es decir habla de la sentencia que pretendamos de recurrir?? además del recurso que podemos interponer nos pondrá si es necesario depósito???
    Un saludete

    #324830
    pilarricky
    Participante

    Buenos días:

    Efectivamente. Puede ser recurso contra una sentencia u otro tipo de resolución.

    La disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, sobre el depósito para recurrir, en su apartado 6 nos dice:

    “Al notificarse la resolución a las partes, se indicará la necesidad de constitución de depósito para recurrir, así como la forma de efectuarlo”.

    Saludos

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