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Recurso

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
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    Entradas
  • #325832
    monica30
    Participante

    Buenas tardes,
    ¿ Que recurso se puede interponer contra las resoluciones expresas o presuntas del responsable del fichero de datos automatizados de carácter personal dependientes de los juzgados y Tribunales y del CGPJ denegatorias del acceso, rectificación o cancelación que se haya solicitado ?
    Recurso de revisión??? . Un saludo.

    #325833
    monica30
    Participante

    Recurso de Queja?…

    #325834
    Anónimo
    Invitado

    Hola Mónica

    Transcribimos los preceptos de la Ley Orgánica de Protección de DAtos de Carácter personal que responde a la duda que planteas

    [quote]

    Artículo 15. Derecho de acceso.

    1. El interesado tendrá derecho a solicitar y obtener gratuitamente información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el origen de dichos datos, así como las comunicaciones realizadas o que se prevén hacer de los mismos.

    2. La información podrá obtenerse mediante la mera consulta de los datos por medio de su visualización, o la indicación de los datos que son objeto de tratamiento mediante escrito, copia, telecopia o fotocopia, certificada o no, en forma legible e inteligible, sin utilizar claves o códigos que requieran el uso de dispositivos mecánicos específicos.

    3. El derecho de acceso a que se refiere este artículo sólo podrá ser ejercitado a intervalos no inferiores a doce meses, salvo que el interesado acredite un interés legítimo al efecto, en cuyo caso podrán ejercitarlo antes.

    Artículo 16. Derecho de rectificación y cancelación.

    1. El responsable del tratamiento tendrá la obligación de hacer efectivo el derecho de rectificación o cancelación del interesado en el plazo de diez días.

    2. Serán rectificados o cancelados, en su caso, los datos de carácter personal cuyo tratamiento no se ajuste a lo dispuesto en la presente Ley y, en particular, cuando tales datos resulten inexactos o incompletos.

    3. La cancelación dará lugar al bloqueo de los datos, conservándose únicamente a disposición de las Administraciones públicas, Jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento, durante el plazo de prescripción de éstas.

    Cumplido el citado plazo deberá procederse a la supresión.

    4. Si los datos rectificados o cancelados hubieran sido comunicados previamente, el responsable del tratamiento deberá notificar la rectificación o cancelación efectuada a quien se hayan comunicado, en el caso de que se mantenga el tratamiento por este último, que deberá también proceder a la cancelación.

    5. Los datos de carácter personal deberán ser conservados durante los plazos previstos en las disposiciones aplicables o, en su caso, en las relaciones contractuales entre la persona o entidad responsable del tratamiento y el interesado.

    Artículo 17. Procedimiento de oposición, acceso, rectificación o cancelación.

    1. Los procedimientos para ejercitar el derecho de oposición, acceso, así como los de rectificación y cancelación serán establecidos reglamentariamente.

    2. No se exigirá contraprestación alguna por el ejercicio de los derechos de oposición, acceso, rectificación o cancelación.

    Artículo 18. Tutela de los derechos.

    1. Las actuaciones contrarias a lo dispuesto en la presente Ley pueden ser objeto de reclamación por los interesados ante la Agencia de Protección de Datos, en la forma que reglamentariamente se determine.

    2. El interesado al que se deniegue, total o parcialmente, el ejercicio de los derechos de oposición, acceso, rectificación o cancelación, podrá ponerlo en conocimiento de la Agencia de Protección de Datos o, en su caso, del organismo competente de cada Comunidad Autónoma, que deberá asegurarse de la procedencia o improcedencia de la denegación.

    3. El plazo máximo en que debe dictarse la resolución expresa de tutela de derechos será de seis meses.

    4. Contra las resoluciones de la Agencia de Protección de Datos procederá recurso contencioso-administrativo.

    [/quote]

    Dicho eso, cuestión diferente es el recurso que pudiera interponerse contra una decisión procesal, en cuyo caso deberemos estar a lo dispuesto en la respectiva resolución

    Saludos

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