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RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #319454
    ROSANAPC
    Participante

    😕 Tengo una dudilla. Al interponer recurso por inactividad de la Admon. se supone que se reclama el cumplimiento del acto y si en un plazo 3 meses no contesta, se interpone recurso. Pero, por otro lado, el plazo para interponer recurso es de 2 meses. Mi pregunta es: tengo que esperar los 3 meses y una vez cumplidos, dispongo de 2 meses para poner el recurso???. Entiendo que son 2 meses como máximo, verdad?

    Gracias por adelantado.

    #319455
    J2C2
    Participante

    Buenos días, ROSANAPC.

    Como bien has dicho, el plazo de tres meses para responder a la reclamación frente a la inactividad es el máximo, transcurrido el cual el recurso contencioso-administrativo debe interponerse en un plazo de dos meses.

    Saludos.

    #319456
    ROSANAPC
    Participante

    Muchas gracias por la respuesta 😀

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