Hola dudas:
Primero la explicación larga:
mira, la Justicia se entiende que emana de los órganos superiores y se delega en los inferiores. Pero esto como filosofía en general, no como aplicación práctica, ok?
Con esta idea, el concepto de recurso devolutivo viene de que el proceso que se ha llevado a cabo por un juzgado es devuelto a su superior mediante un recurso. Como si la delegación que le ha hecho su superior fuese devuelta para que él lo vea porque el juzgado ya no puede ser competente.
Y ahora la explicación corta:
los recursos devolutivos son los que han de ser resueltos por el superior al que ha dictado la resolución que se recurre.
Espero no haberte liado.
Un saludo