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Prorrogas diligencias de instrucción en el sumario

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Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
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    Entradas
  • #323270
    LN30
    Participante

    Buenas noches, estudiando los plazos de las diligencias de instrucción en el sumario del procedimiento ordinario penal, me ha surgido una duda: vamos a ver yo entiendo que los plazos son por un lado 6 meses máximo de manera general, y de manera particular en el caso de que el JUez instructor declare la INSTRUCCIÓN COMPLEJA antes de la expiración del plazo de los 6 meses máximo. En el caso de la instrucción compleja, el plazo máximo son 18 meses. ¿Este plazo es el que se puede prorrogar no?, con lo cual las prórrogas máximas que puede haber en el caso de que la instrucción compleja son dos no?, ésta y luego el nuevo plazo que excepcionalmente el juez instructor pueda fijar para la finalización de la instrucción no?. Pero claro en el caso de que no haya instrucción compleja y dure máximo 6 meses, sólo se daría una prórroga no?. Yo pienso que de cara a una posible pregunta de examen, el número de prórrogas máximo que puede existir en las diligencias de instrucción serían 2. A ver si alguien puede aclararme estos artículos porque ya con tanta prórroga me lio bastante…No sé si es como yo lo he planteado…Espero que me haya explicado bien. Saludos

    #323271
    pilarricky
    Participante

    Hola,

    A mí por la forma en que está redactado me parece un poco confuso, pero bueno. Yo entiendo que se aplicaría tanto al sumario como al procedimiento abreviado, por lo que dice en la primera frase.

    Y luego los plazos, sí, creo que tanto el plazo de 6 meses como el de 18 (o su prórroga) se pueden ampliar, porque el apartado 4 del artículo 324 habla de los plazos “previstos en los apartados anteriores”, por tanto creo que se puede entender comprendido tanto el plazo general de 6 meses como el de 18.

    Saludos

    #323272
    flaracan
    Participante

    Hola,
    Las diligencias de instrucción durarán máximo 6 meses desde la fecha del primer auto de in coacción de sumario.
    no tiene prórroga, a no ser que se declare instrucción compleja, en cuyo caso estos 6 meses pasan a ser 18 mese, prorrogables 18 meses más.
    Finalizados los 18 meses y su prórroga, el instructor, excepcionalmente podrá fijar un nuevo plazo INDETERMINADO MÁXIMO para finalizar la instrucción, si lo solicita M. fiscal o las partes perdonadas y existen razones justificadas.
    creo que no se me ha olvidado nada.

    #323273
    flaracan
    Participante

    Partes personadas.

    #323274
    LN30
    Participante

    De acuerdo, gracias por contestar. Saludos.

    #323275
    LN30
    Participante

    Si Pilar yo entiendo que se podran ampliar los dos pla os tanto el generaal como el de 18 meses a ver que opina Baldo. Saludos

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