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Prórroga de prisión provisional

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #302500
    vaelico
    Participante

    La prisión provisional para evitar la ocultación, alteración o destrucción de pruebas tiene una duración de 6 meses.

    ¿Es prorrogable? En caso afirmativo, ¿por cuánto tiempo?

    El resto de “formas de prisión provisional” pueden ser prorrogadas ( 1 ó 2 años en función de la naturaleza de la prisión provisonal de que se trate). Pero ésta en concreto no se…

    Muchas gracias.

    #302501
    vaelico
    Participante

    Subo duda…

    #302502
    vaelico
    Participante

    Vuelvo a subir la duda…

    #302503
    vaelico
    Participante

    Subo duda
    (lleva desde 9 diciembre sin respuesta)

    Un saludo

    #302504
    Academia Opositas
    Participante

    Art 504.1 2 y 3 Lecr

    #302505
    Anónimo
    Invitado

    Hola Vaelico, y disculpa no haberte respondido, pero se nos “escapó” el post.
    Efectivamente, como bien indicas, la LECriminal no prevé la posibilidad de prórroga para el caso al que aludes,
    [quote]
    Evitar la ocultación, alteración o destrucción de las fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento en los casos en que exista un peligro fundado y concreto.

    No procederá acordar la prisión provisional por esta causa cuando pretenda inferirse dicho peligro únicamente del ejercicio del derecho de defensa o de falta de colaboración del imputado en el curso de la investigación.

    Para valorar la existencia de este peligro se atenderá a la capacidad del imputado para acceder por sí o a través de terceros a las fuentes de prueba o para influir sobre otros imputados, testigos o peritos o quienes pudieran serlo.
    [/quote]

    Las posibilidades de prórroga se refieren a las letras a y c del apartado primero del art. 504 y también al apartado 2º, pero no prevé esa prórroga para el caso de ocultación de pruebas.

    Posible pregunta de examen, muy interesante.

    Espero haber resuelto la duda.

    Saludos.-

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