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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #304361
    Eulalia
    Participante

    Hola de nuevo, el procedimiento monitorio no cabe si son cantidades debidas de gastos comunes de comunidades de propietarios de inmuebles rústicos?Es que supongo que también puede haber comunidades de propietarios en ciertos inmuebles rústicos no?me da que lo que estoy preguntando es una chorrada, pero bueno….

    #304362
    vereda
    Participante

    Las comunidades de propietarios se forman siempre cuando hay un inmueble donde hay muchos pisos con varios vecinos desde ese momento se debe constituir una comunidad,siempre es en las ciudades o en los pueblos, cuando habla de inmuebles rusticos se puede referir tanto a una casa en el campo con su terrenito y un par de animales, como a toda una granja. Asi lo entindo yo
    La propiedad horizontal es una comunidad de propietarios en la que coexisten un derecho singular y exclusivo de propiedad sobre determinados elementos de la misma, denominados elementos privativos, y un derecho de copropiedad conjunto e inseparable sobre otros elementos o servicios comunes a todos los propietarios.
    Los administradores de fincas tanto administran las fincas en la ciudad como en los pueblos:
    El Administrador de Fincas Rústicas y Urbanas es un profesional independiente sujeto a las normas colegiales como garantes de la Eficacia, Independencia y Responsabilidad en el ejercicio de sus funciones, que administra los elementos comunes de las comunidades de propietarios, los bienes inmuebles Urbanos y Rústicos propiedad de terceros, en aplicación de las leyes de Propiedad Horizontal, Arrendamientos Urbanos y Rústicos.
    Hay toda una serie de requisitos para constituir ua comunidad de vecios y ellos estan en la LPH.
    No le des más vueltas si nos ponen un bien a embargar o es un piso ouna finca en el campo que puede dedicarse a una actividad empresarial.
    Espero haberte servido de algo.

    #304363
    vereda
    Participante

    Fijate en el propio artº 812 al final :
    2ºCuando la deuda se acredite mediante certificaciones de impago de cantidades debidas en concepto de gastos de Comunidades de propietarios de inmuebles urbanos.
    LPH en su artº 1 habla de como se pueden reclamar las derramas ordinarias y extarordinarias por este procedimiento.

    #304364
    M JOSE
    Participante

    rustico no es por estar en un pueblo.

    rustico es por no ser urbano o urbanizable, es decir que no se puede construir en ese suelo, en la ciudad puede haber suelo rustico perfectamente.

    las comunidades de propietarios son en finca urbana siempre (no urbano de ciudad, urbano de suelo catalogado catastralmente urbano), cuando es finca rustica normalmente es comunidad de bienes si es mas de uno y claro que pueden interponer un monitorio como comunidad de bienes, igual que como comunidad de propietarios en una propiedad horizontal.

    #304365
    Eulalia
    Participante

    Muchísimas gracias a ambas, y muchas gracias Vereda por siempre intentar aclarar mis dudas, he entendido todo lo que me has explicado, gracias también por el pésame, la que falleció fue mi suegra pobrecita, pero bueno ,al menos tuvimos la oportunidad de poder estar con ella en los últimos momentos.
    Saludos y seguro que caerá alguna otra preguntilla mía dentro de poco , je,je.

    #304366
    ontiveros
    Participante

    hola ,
    el monitorio se utilizara para fincas ( pisos y locales ) ,sometidos al regimen de propiedad horizontal.cuando se demande por impagos de cuotas y recibos para el mantenimiento y pago de los gastos generales de la finca.

    #304367
    vereda
    Participante

    Asi es pueden acudir al monitori o al procedimiento declarativo que por la cuantia corresponda. Más rapido y práctico suele ser el monitorio pero claro con el límite de los 30.000 euros

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
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