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presunciones legales

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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #316082
    gabrie
    Participante

    No entiendo el apartado 2 del artículo 385, ¿ alguien me lo puede explicar?

    #316083
    J2C2
    Participante

    Buenas tardes, gabrie.

    Este apartado quiere decir que hay presunciones llamadas [i]iuris tantum[/i], que significan que puede haber una prueba que demuestre que esa presunción no es cierta y que la relación esta presunción y los efectos que conlleva no son ciertos.

    A esto se refiere el apartado 2 del artículo 385.

    Saludos.

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