Buenas noches, en el test civil número 62 me ha surgido una duda con relación a la pregunta 29. La pregunta es la siguiente: ” Para la ejecución de resolución de sentencias dictadas en procesos que versen reclamaciones de cantidad de junta de propietarios por valor de 3000 euros”. La respuesta correcta es la b, o sea, NO SERÁ NECESARIA LA PRESENCIA DE ABOGADO Y PROCURADOR. Pero no entiendo porqué es ésta la respuesta, si el valor de la reclamación es superior a 2000 euros. ¿Alguien podría explicarme porqué no será necesaria la presencia de abogado y procurador teniendo en cuenta que el valor es superior a 2000 euros?. Gracias. Saludos.