Buenas tardes Baldo. Respecto a la [u][b]pregunta 17 del test de actuaciones judiciales 6:[/b][/u]17.- ¿Cuál es el [u][b]enunciado cierto [/b][/u]respecto a los procedimientos civiles?
a) los plazos establecidos en la LECivil son prorrogables si existe justa causa fundada
b) los plazos podrán demorarse en caso de fuerza mayor que impida cumplirlos
c) la concurrencia de fuerza mayor para prorroga de un plazo civil se declara de oficio por el Juez o Tribunal
d) los plazos procesales se computan conforme a lo dispuesto en la LOPJ.
El test marca como correcta la opción B). Sin embargo, el art. 134 LEC dice lo siguiente:
Artículo 134. Improrrogabilidad de los plazos.
1. Los plazos establecidos en esta Ley son improrrogables.
2. Podrán, no obstante, [u]interrumpirse los plazos y demorarse los términos [/u]en caso de fuerza mayor que impida cumplirlos, reanudándose su cómputo en el momento en que hubiera cesado la causa determinante de la interrupción o demora.[u] La concurrencia de fuerza mayor habrá de ser apreciada por el tribunal, de oficio o a instancia de la parte que la sufrió, con audiencia de las demás.[/u]
**Entiendo con ello que la opción B) que marca el test no es correcta, ya que los PLAZOS no pueden demorarse, como dice la opción B), sino “interrumpirse”, y que son los TÉRMINOS los que pueden “demorarse”.
**Por otro lado, veo claro que la opción A) no podría ser tampoco cierta, ya que los plazos son IMPRORROGABLES.
**También veo claro que la D) es errónea, porque no se trataría de la LOPJ sino del Código Civil.
**Respecto a la opción que falta por comentar, la C),en mi opinión estaría incompleta, porque puede declararse por el Juez o Tribunal no sólo de oficio, sino también [u]”a instancia de parte que la sufrió, con audiencia de las demás”.[/u]
Saludos,