La pregunta decía:
Cuando en el título ejecutivo figurasen varios deudores subsidiarios:
a) podrá pedirse que se despache ejecución por el importe de la deuda, más los intereses y costas, frente a alguno o frente a todos
b) podrá pedirse que se despache ejecución por el importe de la deuda, más los intereses y costas, frente a alguno
c) podrá pedirse que se despache ejecución por el importe de la deuda, más los intereses, frente a alguno o frente a todos
d) ninguna respuesta es correcta
Fundamento jurídico art 542.3. Dan como correcta la respuesta D
En todo este artículo se habla frente al deudor solidario, ¿es lo mismo subsidiario?
Si alguien puede responderme a esta duda. Gracias mil. saludos.