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practica de la prueba

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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #316084
    gabrie
    Participante

    El orden de práctica de la prueba sería:
    interrogatorio de las partes
    interrogatorio de testigos
    declaración de peritos etc.
    pero mi duda es ¿ cuando es el momento de la prueba documental, quiero decir cuando se hace el cotejo de letras, comprobaciones con los originales etc.?
    Gracias por vuestra ayuda

    #316085
    aliche74
    Participante

    Hola Gabriel, a ver si te saco de tu duda
    La prueba de cotejo de un documento público con su original se practica por el secretario judicial según el articulo 320 de la Lec. Esta prueba se propone y se admite en el acto de celebración de la audiencia previa y se practica con antelación a la fecha que se haya fijado para la celebración de un juicio. Esto es así según el articulo 429 de la LEC: ” Las pruebas que no hayan de practicarse en el acto del juicio se llevarán a cabo con anterioridad a éste”. Ahora bién si para el cotejo deciden ir las partes y sus defensores, junto con el secretario judicial, a la notaria que es donde se encuentra el protocolo del notario, deberán ser citadas según el articulo 290 LEC, con al menos cinco días de antelación a la fecha del juicio para llevar a cabo éste acto de prueba.
    Por otra parte, el cotejo de un documento privado se practica por un perito caligrafo y seguirá los mismos trámites que para el cotejo de documento públicos. A ver lo que dicen los profesores.

    #316086
    gabrie
    Participante

    Muchas gracias por tu ayuda, un saludo

    #316087
    aliche74
    Participante

    Hola Gabriel
    En mi respuesta he puesto mal un plazo y es el siguiente:
    Según el articulo 290 el señalamiento para practicar la prueba fuera de la sede del juzgado debe ser con al menos cinco días de antelación a la fecha del juicio y según el articulo 291 las partes que quieran intervenir en la práctica de la prueba que se lleve fuera del juzgado deben ser citadas con antelación suficiente, al menos cuarenta y ocho horas a la práctica de dicha prueba.

    #316088
    Anónimo
    Invitado

    Perfecta la respuesta, claro que sí
    Saludos

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
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